La 2a. conferencia de la Haya y la América Latina

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Imp. Artística, 1908 - 66 páginas
 

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Pasajes populares

Página 42 - único que la República Argentina sostiene, y lo que vería con gran satisfacción consagrado con motivo de los sucesos de Venezuela por una nación que como los Estados Unidos, goza de tan grande autoridad y poderío, es el principio ya aceptado de que no puede haber expansión territorial europea en América, ni opresión de los pueblos de este Continente, porque una desgraciada situación financiera pudiese llevar a algunos de ellos a diferir el cumplimiento de sus compromisos.
Página 38 - Con el fin de evitar entre las Naciones los conflictos armados de origen puramente pecuniario, provenientes de deudas contractuales reclamadas al Gobierno de un país por el Gobierno de otro país como debidas a sus nacionales, las potencias signatarias han convenido en no recurrir a la fuerza armada para el cobro de tales deudas contractuales.
Página 39 - Segundo: los empréstitos públicos con emisión de bonos, que constituyen la deuda nacional, no podrán dar lugar en ningún caso a la agresión militar ni a la ocupación material del suelo de las Naciones americanas.
Página 47 - Drago en el discurso pronunciado en el comité de examen A: "Según Basset Moore el eminente jurisconsulto americano, el Secretario de Estado Blaine, ocupándose en 1881 del cobro de ciertas deudas de Venezuela, propuso al gobierno francés que los Estados Unidos tomaran posesión de las aduanas de la república sudamericana en La Guaira y en Puerto Cabello y que colocaran allí uno de sus agentes, encargado de percibir los derechos, que serían después distribuidos a prorata entre los diversos...
Página 29 - La Conferencia, ajustándose al espíritu de mutua inteligencia y de concesiones recíprocas que es la esencia misma de sus deliberaciones, ha acordado la declaración siguiente que, reservando á cada una de las Potencias representadas los beneficios de su voto, permite á todas afirmar los principios que consideran como unánimemente aceptados : Ha estado unánime: 1.° — En admitir el principio del arbitraje obligatorio; y 2.°...
Página 45 - ... que se pagarán cantidades fijas en una fecha cierta al portador, persona siempre innominada. El prestamista, por su parte, no adelanta su dinero como en los contratos de préstamo. Se limita á comprar un título en el mercado, y eso es todo. No existe acto notariado individual, ni otras relaciones con el Gobierno deudor. En los contratos ordinarios, el Gobierno procede en virtud de facultades que son inherentes á la persona jurídica ó corporación administrativa, ejercitando lo que se llama...
Página 38 - Gobierno de otro país como debidas a sus nacionales. Sin embargo, esta estipulación no podrá aplicarse cuando el Estado deudor rehuse o deje sin respuesta una oferta de arbitraje, o, en caso de aceptación, haga imposible el establecimiento del compromiso, o, después del arbitraje, deje de someterse a la sentencia dictada. ARTÍCULO II « Se conviene, además, que el arbitraje mencionado en el inciso 2°...
Página 29 - Ha estado unánime, por último, en proclamar que si no ha sido posible celebrar desde ahora un convenio en tal sentido, las divergencias de opinión expuestas no han excedido de los límites de una controversia jurídica, y que, trabajando aquí juntas durante cuatro meses todas las Potencias del mundo, no sólo han aprendido á comprenderse mejor y se han relacionado más, sino que han logrado poner de relieve en el curso de esta larga colaboración un sentimiento muy elevado del bien común de...
Página 62 - Convención de 29 de Julio de 1899, para la adaptación á la guerra marítima de los principios de la Convención de Ginebra. La Convención de 1899...
Página 39 - ... de una nación y un gobierno extranjero, no se recurrirá al arbitraje sino en el caso específico de denegación de justicia por las jurisdic(i) La deuxié1vie conférence internationale de la pais, tomo 2, páginas 3oa á 3o3 clones del país del contrato...

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