La doctrina de Monroe: conferencia dada en la Sociedad "Jurídico-Literaria" el 5 de mayo de 1906

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Imprenta de la Universidad Central, por J. Saenz R., 1906 - 39 páginas
 

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Página 8 - Panamá u otro punto elegible a pluralidad, una asamblea de plenipotenciarios de cada estado "que nos sirviese de consejo en los grandes conflictos, de punto de contacto en los peligros comunes, de fiel intérprete en los tratados públicos cuando ocurran dificultades, y de conciliador, en fin, de nuestras diferencias".
Página 29 - ... y poderío, es el principio ya aceptado de que no puede haber expansión territorial europea en América, ni opresión de los pueblos de este Continente, porque una desgraciada situación financiera pudiese llevar a algunos de ellos a diferir el cumplimiento de sus compromisos.
Página 27 - ... e inmediato, en un momento dado, por medio de la fuerza, no traería otra cosa que la ruina de las naciones más débiles y la absorción de su gobierno con todas las facultades que le son inherentes por los...
Página 32 - La pena de la exclusión de la confederación al que no se conforme con las decisiones de la asamblea, cuando ésta haya de obrar como arbitro entre dos de sus miembros, es tan justa como útil, en razón que las ventajas de los confederados sean mayores, será también mayor la pena del que no las disfrute.
Página 32 - Unidos comprendida, se reconocieron los principios sobre arbitraje consignados en las convenciones de La Haya como parte del Derecho público internacional americano.
Página 7 - ... y que la soberanía de las naciones que se habían constituido en América, bastaba para que pudiera considerarse como extendida á todo el continente, respetando sólo los derechos adquiridos. Las consecuencias de estas premisas, según M. Adams, se reducían á que el continente americano no volvería á ser colonizado, y que poblado por Estados libres y naciones civilizadas, no sería accesible á los europeos sino bajo principios de absoluta igualdad, convirtiéndose el Océano Pacífico...
Página 6 - Los principios que servían de base á las instrucciones de M. Adams eran, que España había perdido á consecuencia de los tratados y de las revoluciones, sus derechos sobre los territorios americanos: que los Estados Unidos no podían admitir que el territorio americano fuese nuevamente colonizado por los Estados de Europa en la parte que no les estuviese sometida; y que la soberanía de las naciones que se habían constituido en América, bastaba, para que pudiera considerarse como extendida...
Página 31 - América sería considerado por el país que hace la declaración como un ataque contra él mismo, siempre que la república directamente atacada o amenazada en tal forma se hubiera asegurado de antemano, en oportunidad, la ayuda de las demás naciones. De este modo, la doctrina que ahora se designa con el nombre de Monroe vendría a ser la doctrina de América en el más amplio sentido de la palabra; y, aunque hubiera tenido su origen en los Estados Unidos, pertenecería al derecho internacional...
Página 13 - Si de una parte debemos respetar los derechos existentes de las Naciones europeas, debemos también hacer saber al mundo entero que no permitiremos que se establezcan nuevas colonias de Europa en el Continente americano.
Página 9 - Bolívar, fué semejante a aquel loco griego que pretendía desde una roca dirigir los buques que navegaban alrededor. Pero a pesar de no haber correspondido a los fines de su convocación, quedará esa Dieta en la historia de la América como un paso avanzadísimo en la evolución del Derecho Internacional, como testimonio de tendencias y aspiraciones que...

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